MATERIALES EDUCATIVOS PARA LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA

EDUCACIÓN SUPERIOR

 

Educational Materials for the Prevention of Gender-Based Violence in Higher Education

 

DOI: https://doi.org/10.47606/ACVEN/PH0024

 

Carmen Mariuxi Guerrero-Vera 1
ORCID: 0000-0001-8140-7715

 

Recibido: 10 junio 2020 / Aprobado: 13 enero 2021

             

 

RESUMEN

El aumento de los casos de la violencia de género en la sociedad ecuatoriana, de los cuales no escapa la universidad, ha traído como consecuencia una violación sistemática a los derechos de la mujer ecuatoriana. Es por ello, que la presente investigación tiene como fin el Determinar los Materiales Educativos como Herramienta para la Prevención de la Violencia de Género en la Educación Superior. Esta investigación se ubicó en el paradigma positivista, con un enfoque cuantitativo, de tipo de campo con un nivel descriptivo. La población de estudio integrada por 30 Docentes y 230 estudiantes del primer año de la escuela de derecho, de la facultad de derecho de la Universidad Metropolitana UMET. La muestra estuvo constituida por 10 Docentes y 80 estudiantes. Como técnica de recolección de datos se utilizó la encuesta y como instrumento el cuestionario con respuestas dicotómicas. Entre los resultados se obtuvo que, el 89% de los consultados conoce lo que es la violencia de género, así como el 65% de los consultados manifestó que no han oído de casos de violencia de género en la universidad. Se concluyó que existe la necesidad de la implementación de estrategias que, de alguna manera permitan prevenir tal situación. Para ello, los Materiales Educativos como Herramienta para la Prevención de la violencia de género desde la Educación Superior resulta una estrategia relevante a tomar en consideración  

Palabras clave: violencia de género, material educativo, prevención, educación superior.

 

ABSTRACT

The increase in cases of gender violence in Ecuadorian society, from which the university does not escape, has resulted in a systematic violation of the rights of Ecuadorian women. For this reason, the purpose of this research is to determine the Educational Materials as a Tool for the Prevention of Gender Violence in Higher Education. This research was located in the positivist paradigm, with a quantitative approach, field type with a descriptive level. The study population consisted of 30 teachers and 230 students of the first year of the law school of the law faculty of the Universidad Metropolitana UMET. The sample consisted of 10 teachers and 80 students. The survey was used as a data collection technique and the questionnaire with dichotomous answers was used as an instrument. Among the results, 89% of those consulted know what gender violence is, and 65% of those consulted stated that they have not heard of cases of gender violence at the university. It was concluded that there is a need for the implementation of strategies that, in some way, allow the prevention of such a situation. To this end, Educational Materials as a Tool for the Prevention of Gender Violence in Higher Education is a relevant strategy to be taken into consideration.  

 

Keywords: gender violence, educational material, prevention, higher education.

 

 1 Universidad Metropolitana del Ecuador / Universidad de Guayaquil, Ecuador

Autor de correspondencia: carmen_mariuxig@yahoo.es

 

Introducción

La violencia se ha constituido como la mayor amenaza que presenta la humanidad, por lo cual es considerada como un problema de salud pública en el mundo por su implicación en la convivencia social. En ese sentido, el INMUJERES (2008), define la violencia como “todo acto intencional, que puede ser único o recurrente y cíclico, dirigido a dominar, controlar, agredir o lastimar a otra persona” (p. 11).  Mientras que para Ossorio (s/f), la violencia es la “acción y efecto de violentar, de aplicar medios violentos a cosas o personas para vencer su resistencia. Las repercusiones jurídicas de ese proceder son tanto de orden civil como penal” (s/p).

Entre las víctimas predilectas de violencia se ha encontrado históricamente a la mujer, por lo cual la violencia de género es uno de los tipos de violencia que presenta mayor prevalencia y la menor denunciada por ser vista como algo común. De acuerdo a la ONUMUJERES (2020), las estadísticas de violencia presentadas a nivel global reflejan que “el 35 por ciento de las mujeres ha experimentado alguna vez violencia física o sexual por parte de una pareja íntima, o violencia sexual perpetrada por una persona distinta de su pareja. Estos datos no incluyen el acoso sexual”

(s/p). 

En este sentido la ACNUDH (2020), establece en la declaración sobre la eliminación de la violencia sobre la mujer en su artículo 1 que: 

violencia contra la mujer, se entiende todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada (p. 3).

Es común ver esta práctica de delito contra el sexo femenino en diversos países del mundo, por lo cual la BBC News Mundo (2018), en su artículo determina que: 

Cada día, 137 mujeres son asesinadas por miembros de su propia familia. Se calcula que, de las 87.000 mujeres asesinadas intencionadamente, en 2017 en todo el mundo, más de la mitad (50.000) murieron a manos de sus familiares o parejas íntimas. Más de un tercio (30.000) de las mujeres asesinadas intencionadamente en 2017 fallecieron a manos de su pareja íntima o de una pareja anterior (pp. 1-3).

Por lo cual, de acuerdo a estos indicadores globales, es primordial enfocarse en las medidas de prevención de la violencia de género y no ubicarse sólo en los servicios para las víctimas que prestan diferentes instituciones gubernamentales a nivel mundial; sino procurar medios que contrarresten o disminuyan la prevalencia de la violencia contra la mujer. Allí es, donde la educación se convierte en un medio fundamental para disminuir las disparidades entre los géneros, buscando el cambio de los hábitos, las normas sociales y actitudes que propicien la violencia. Por lo cual, la intervención que se realice debe basarse en un enfoque multisectorial, operando desde el nivel individual, siguiendo por el comunitario, logrando un cambio institucional, generando un enfoque legislativo y normativo del basamento legal vigente.

La República de Ecuador no escapa a esta realidad, por cuanto la violencia de género es una problemática en la cual se encuentra inmersa la sociedad en sus diferentes niveles o extractos. El INEC (2019), señala en los resultados de la segunda Encuesta sobre Relaciones Familiares y Violencia de Género, que:

Un 64,9% de las mujeres en el Ecuador han vivido alguna forma de violencia en su vida, mientras que en los últimos 12 meses el 31,6% de las féminas han tenido un acto violento, siendo los tipos de violencia presenciados más comunes, la física con un 34,5%, la psicológica 56,9%, la sexual 32,7% y la patrimonial 14, 6%, los casos estudiados son mujeres de 15 años y más; en los ámbitos: escolar, familiar, laboral y social (s/p).

Se determina que, de este universo de víctimas de la violencia de género, solo un pequeño grupo de afectadas realizan la denuncia pertinente para que se castigue al agresor y es aún más reducido el número de mujeres que prosigue los diferentes procesos judiciales hasta el final de los mismos como lo indica el INEC ob cit. la cual indica que solo:   

El 11,5% de las mujeres agredidas han denunciado. De este universo, únicamente el 20%, continúan el proceso judicial iniciado por el hecho punible, y solo una de ellas señala que se sancionó el agresor, es decir, apenas el 1% de los hombres que violentan a su pareja han recibido una sanción legal (s/p).

Esta situación se presenta, a pesar de los cambios en la legislación nacional y del avance en la toma de conciencia de la violencia de género, que es causada por parte de la pareja, es una contravención a la normativa legal vigente, por lo cual este acto se convierte en un delito que merece sanción.

En el sector estudiantil, en todos sus niveles, se observa también la presencia de la violencia de género, motivado a que la violencia de género no es solo en el ámbito familiar y social, sino que se produce también en el ámbito educativo y no se refiere únicamente al sector femenino como sujeto y objeto de agresión sino también hacia el resto de los géneros. 

En este sentido, Fernández & Manassero (2007), establecen que el vislumbrar de la violencia de género contra las mujeres, que se genera en instituciones educativas universitarias es una tarea titánica motivado a que esta problemática se presenta de otra forma y es muy escasa la agresión física. Se manifiesta esta agresión de otra manera, como discriminación y naturaleza social las cuales adquieren un carácter poco visible, siendo predominantes la relación jerárquica de poder la cual no se discute. Una de estas acciones de poder es la violencia simbólica a la cual están sometidos muchos estudiantes por parte de sus compañeros y por el cuerpo docente en algunos casos, siendo definida por Aguilar-Cruz (2002) como:

Una práctica violenta de dominio continua y sutil, que impone representaciones simbólicas culturales que tienen el poder y la legitimación de actuar válidamente sobre los pensamientos, las acciones, los cuerpos y las cosas de las personas. Los efectos del ejercicio de la violencia simbólica y no simbólica, está mediatizada por las diferencias de género (p.1).

Motivado a la situación que se presenta en las casas de estudio de educación superior, con respecto a la violencia de género a la que son sometidos los estudiantes, la Universidad Metropolitana UMET, pone en marcha a través de diferentes proyectos, en unión con el Estado ecuatoriano y otras organizaciones educativas en el país, acciones contundentes para la solución a la problemática que genera la violencia de género que afecta a la población universitaria, proyectando el desarrollo del Proyecto Educación social para la prevención de la violencia de género, para ello se hace necesario abrir espacios para la socialización, análisis y reflexión de material documental que llamen a la concientización de la problemática. 

Un acercamiento a la realidad 

La violencia de género en la población ecuatoriana es diagnosticada por medio de lo expresado por Villagoren-Oñate (2020), quien en la presentación de su memoria y cuenta estableció que los delitos de violencia de género, que se produjeron en la provincia de Guayas en el año 2019 se destacan: “las 14.355 denuncias: 22 feminicidios, 2.018 casos de abuso sexual, 1.183 delitos de violación, 1.496 casos de violencia física, 8.939 denuncias de violencia psicológica, 34 casos de violencia sexual y 605 delitos de acoso sexual contra la mujer” (p. 1). Por lo cual, el CNIG (2017), indica que “la violencia basada en género y en la orientación sexual continúa en la sociedad y es un indicador de la gran desigualdad y sometimiento que viven estos grupos; dinámicas que están fuertemente arraigadas en las culturas patriarcales” (p. 7). 

Las manifestaciones de violencia en la población ecuatoriana son variables, siendo la principal la violencia que sufre la mujer, y en el ámbito universitario las personas que presentan un comportamiento sexual diferente, por lo cual la UNAM (2016), indica que, “la violencia de género implica una violencia a los derechos humanos que perpetúa los estereotipos de género y que niega la dignidad, la autodeterminación y el derecho al desarrollo de las personas” (p. 4). Por lo cual, esta acción no es solo un indicador de la desigualdad social que se observa en el país, sino que es también un delito contra los derechos fundamentales consagrados en la carta magna de los ecuatorianos.

En concordancia con lo planteado, se considera a la supresión de la violencia de género en el país, una prioridad estatal que se ha venido desarrollando desde el año 2007, por cuanto a partir de este año, se han venido generando intentos estructurados para transformar la realidad en torno a la violencia de género como el Plan para la Erradicación de la Violencia contra la Niñez, Adolescencia y Mujeres, el cual contempla acciones para abordar integralmente la generación de políticas y programas para la prevención, protección, sanción y restitución de los derechos de las víctimas de cualquier tipo de violencia.  

De igual manera, en la Constitución de la República del Ecuador (2008), se establece en el artículo 66, titulado sobre los Derechos de Libertad, el derecho a la integridad personal, que incluye una vida libre de violencia en el ámbito público y privado. Así como, la obligación de adoptar medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia. Además, de una serie de instrumentos legales que se han venido decretando para el desarrollo de los derechos fundamentales que esta carta magna se consagra para la protección de la población en general.

Sin embargo, la realidad que se muestra en las estadísticas es contraria con los objetivos propuestos, debido a que los resultados del estudio ejecutado por el INEC ob cit., en la segunda encuesta sobre relaciones familiares y violencia de género contra las mujeres del 2014, indica que: 

la forma de violencia más frecuente es la psicológica o emocional, pues el 53,9% de las mujeres reportan haber sufrido este tipo de violencia.  En segundo lugar, se ubica la violencia física con el 38%; seguida por la violencia sexual que alcanza el 25,7% y, finalmente, se ubica la patrimonial con el 16,7% (s/p).  

Tomando en cuenta lo anterior, existen distintos factores personales, familiares, sociales, económicos y culturales que colocan a las mujeres en situación de mayor riesgo frente a la violencia masculina. El estudio del INEC ob cit. indica que “aunque hay variantes de acuerdo al tipo de violencia y ámbitos en que esta se practica, se ha determinado que algunas mujeres sufren una doble o triple vulnerabilidad” (s/p). 

La educación familiar también se ve reflejada en la violencia de género, motivado a que, de acuerdo a los resultados de la encuesta nacional sobre las relaciones familiares y violencia de género contra las mujeres del 2014 del INEC ob cit., muestra que “del total de mujeres que han sufrido algún tipo de violencia de género, el 76% señala como responsables de las agresiones a su pareja o ex pareja” (s/p). Estas agresiones no son denunciadas en la mayoría de los casos, motivado a la cultura presente en los hogares ecuatorianos donde el hombre es quien tiene el derecho de hacer todo lo que quiera en la casa. Por lo cual, diversas investigaciones históricas han mostrado que la violencia hacia las mujeres, por parte de la pareja, ha sido una práctica extendida en la sociedad ecuatoriana, al menos desde el período colonial. 

La violencia de género no es acción que solo se desarrolla en la sociedad ecuatoriana, en sus diferentes provincias, ciudades, poblaciones, asentamientos campesinos y comunidades indígenas, sino que es una problemática que también aqueja a las mujeres que se encuentran en el sector universitario, ya sea en el rol de estudiante, docente, empleada u obrera, motivado a que este tipo de violencia en contra de las mujeres y de las personas sexo diversos, no es solo física sino que también lo es simbólica, por cuanto existe en la población la creencia de que ciertas carreras solo pueden ser ejercidas por hombres y que la capacitación es para los hombres de la casa y no de las mujeres. Además, de la no aceptación de las personas con preferencias sexuales diferentes a las tradicionales, por lo cual estas personas sufren violencia de género demostrando que, las casas de estudios superiores son lugares donde ésta se desarrolla observándose la misma en los diferentes espacios de los campus universitarios, y dicha violencia es ejercida por sus parejas y por sus compañeros de estudio.

Es por ello que, en la formación de los jóvenes se tiene que realizar esfuerzos educativos para desarrollar estrategias que sean efectivas en la prevención de la violencia de género, desde las instituciones universitarias, para reducir esta problemática. Porque la violencia de género no distingue si la persona es estudiante o un profesional, debido a que se encuentra inserta en una sociedad que involucra a jóvenes y adultos, quienes se encuentran formados en una cultura machista y matriarcal característica de la sociedad ecuatoriana.

Es por ello que, en el desarrollo de esta investigación, surge la siguiente interrogante:

¿Cómo contribuyen los materiales educativos en la prevención de la violencia de género en el contexto universitario?

Objetivo de la Investigación

Determinar los Materiales Educativos como Herramienta para la Prevención de la Violencia de Género en la Educación Superior. 

Violencia de Género

La violencia de género es considerada en la actualidad como un problema de salud pública, que se evidencia en el aumento de los casos que son divulgados por la prensa diariamente, en los cuales se muestran resultados irreparables por la alta prevalencia que los mismos muestran. En ese sentido, García-Mina y Carrasco (2003), consideran al respecto que, “nos encontramos ante una de los principales estigmas de nuestra sociedad” (p. 87). “Cada día que una mujer sufre esta experiencia, estamos fracasando como sociedad, ya que este, como cualquier otro tipo de maltrato, expresa una relación basada en el abuso de poder y en un sistema de desigualdad” (p. 89). Es por ello que, esta violencia vulnera los derechos fundamentales de las personas que la sufren.

La violencia de género es un delito común en la sociedad ecuatoriana y a su vez poco denunciado por las víctimas, por lo cual García-Córdova y Valdés-Jiménez (2012), indican que esta 

“puede producirse en cualquiera de los ámbitos de la vida cotidiana y aunque suele ser más frecuente en las relaciones familiares y de pareja, también puede manifestarse en otros espacios sociales como el ámbito laboral, instituciones escolares, entre otros” (s/n). Esta acción suele llegar, inclusive, a producir amenazas a las víctimas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública o privada. Es por ello que la CNIG ob cit., establece que la violencia de género es:  

un término genérico para cualquier acto perjudicial incurrido en contra de la voluntad de una persona, y que está basado en diferencias socialmente adjudicadas (género) entre mujeres y hombres. La naturaleza y el alcance de los distintos tipos de la violencia de género varían entre las culturas, países y regiones (p. 119). 

Mientras que Águila-Gutiérrez, Hernández-Reyes y Hernández-Castro (2016), indican que la violencia por razones de género “puede ser física, sexual, económica, psicológica, a modo de libertades restringidas, coerción y amenazas; por tal razón su tratamiento, prevención y solución requieren la intervención de sociólogos, pedagogos, psicólogos, psiquiatras, juristas, entre otros especialistas” (p. 2). Por lo cual, muestra la enorme significación de la presencia de esta violencia en el contexto familiar, núcleo de la socialización de los individuos, se ve necesaria una reflexión, que contribuya a tener una visión de esta situación, que abarque las dimensiones, tanto sociológicas como psicológicas de este fenómeno, promoviendo la promoción de estrategias de carácter preventivo.

La violencia de género es un delito en la República del Ecuador debido a que el mismo se encuentra tipificado en el parágrafo primero denominado delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, siendo el artículo 155 del Código Orgánico Integral Penal (2014), en el que se define a la violencia contra la mujer de la siguiente manera: “se considera violencia toda acción que consista en maltrato, físico, psicológico o sexual ejecutado por un miembro de la familia en contra de la mujer o demás integrantes del núcleo familiar” (p. 27). Por lo cual, se establece una sanción de privativa de libertad con la persona que incurra en este delito que oscila entre los treinta (30) días hasta los tres (3) años dependiendo de la gravedad de la agresión que se genere.

  Mientras que la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (2018), en su artículo 4, numeral 1 define a la violencia de género contra las mujeres como: “cualquier acción o conducta basada en su género que cause o no muerte, daño y/o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial, gineco-obstétrico a las mujeres, tanto en el ámbito público como privado” (p. 9). Con esta definición se amplía la concepción de la definición de violencia de género, apoyando a lo estipulado en el código orgánico integral penal (2014), con lo cual se conceptualiza la visión de la violencia y se busca cambiar el rol sumiso que presenta la mujer sobre esta problemática.

Tipos de Violencia de Género 

La violencia que es practicada contra la mujer puede ser realizada de distintas maneras dentro de las que se destacan la violencia física, sexual y psicológica, así como de otras formas de agresiones que atentan contra la integridad de la mujer. Entra las que se pueden mencionar el hostigamiento y la intimidación simbólica en el trabajo y en instituciones educativas. Por lo cual, la violencia física, se encuentra establecida como delito en el artículo 10, numeral a de la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres ob cit., indicando que es:  

Todo acto u omisión que produzca o pudiese producir daño o sufrimiento físico, dolor o muerte, así como cualquier otra forma de maltrato o agresión, castigos corporales, que afecte la integridad física, provocando o no lesiones, ya sean internas, externas o ambas, esto como resultado del uso de la fuerza o de cualquier objeto que se utilice con la intencionalidad de causar daño y de sus consecuencias, sin consideración del tiempo que se requiera para su recuperación (p. 9).

En concordancia con lo expuesto por la ley, Moreno Uriza (2014), establece que la violencia física es considerada como: “los actos intencionales generados dirigidos a castigar o a provocar daño o lesiones utilizando la fuerza física, objetos o armas o que ponga en riesgo su integridad o su salud corporal” (p. 11). Mientras que el Código Orgánico Integral Penal ob cit. establece a estos actos como delito, el cual se encuentra tipificado en el artículo 156, el cual indica lo siguiente: La persona que, como manifestación de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, cause lesiones, será sancionada con las mismas penas previstas para el delito de lesiones aumentadas en un tercio (p. 27). Con esta tipificación el Estado ecuatoriano busca resguardar la salud física de las mujeres contra la violencia de género.  

Mientras que la violencia psicológica es definida en el artículo 10, literal b de la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres ob cit., como:  

Cualquier acción, omisión o patrón de conducta dirigido a causar daño emocional, disminuir la autoestima, afectar la honra, provocar descrédito, menospreciar la dignidad personal, perturbar, degradar la identidad cultural, expresiones de identidad juvenil o controlar la conducta, el comportamiento, las creencias o las decisiones de una mujer, mediante la humillación, intimidación, encierros, aislamiento, tratamientos forzados o cualquier otro acto que afecte su estabilidad psicológica y emocional (p. 9).

En concordancia con lo expuesto, por el instrumento legal, Marcano y Palacios (2017), establecen que la Violencia Psicológica es aquella acción que: “causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación o aislamiento” (p. 5). Este tipo de violencia se encuentra tipificada como delito en el artículo 157 del Código Orgánico Integral Penal ob cit., el cual establece que: 

La persona que, como manifestación de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, cause perjuicio en la salud mental por actos de perturbación, amenaza, manipulación, chantaje, humillación, aislamiento, vigilancia, hostigamiento o control de creencias, decisiones o acciones, será sancionada de la siguiente manera (p. 27).

La violencia sexual es definida en el artículo 10, literal c de la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres ob cit. como:  

Toda acción que implique la vulneración o restricción del derecho a la integridad sexual y a decidir voluntariamente sobre su vida sexual y reproductiva, a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza e intimidación, incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares y de parentesco, exista o no convivencia, la transmisión intencional de infecciones de transmisión sexual (ITS), así como la prostitución forzada, la trata con fines de explotación sexual, el abuso o acoso sexual, la esterilización forzada y otras prácticas análogas (p. 9).

En ese sentido, la OPS (2020) define a la violencia sexual como:

cualquier acto sexual, la tentativa de consumar un acto sexual u otro acto dirigido contra la sexualidad de una persona mediante coacción por otra persona, independientemente de su relación con la víctima, en cualquier ámbito. Comprende la violación, que se define como la penetración, mediante coerción física o de otra índole, de la vagina o el ano con el pene, otra parte del cuerpo o un objeto (p. 1).

Este tipo de violencia se encuentra tipificado en la legislación ecuatoriana como delito en el artículo 158 del Código Orgánico Integral Penal ob cit. el cual indica que:

La persona que, como manifestación de violencia contra la mujer o un miembro del núcleo familiar, se imponga a otra y la obligue a tener relaciones sexuales u otras prácticas análogas, será sancionada con las penas previstas en los delitos contra la integridad sexual y reproductiva (p. 27).

Con respecto a la violencia simbólica, ésta es establecida en el artículo 10, literal e de la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres ob cit., como:  

toda conducta que, a través de la producción o reproducción de mensajes, valores, símbolos, iconos, signos e imposiciones de género, sociales, económicas, políticas, culturales y de creencias religiosas, transmiten, reproducen y consolidan relaciones de dominación, exclusión, desigualdad y discriminación, naturalizando la subordinación de las mujeres (p. 9).

Igualmente, a este respecto la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007), en su artículo 15 numeral 17 establece que la violencia simbólica: “Son mensajes, valores, iconos, signos que transmiten y reproducen relaciones de dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales que se establecen entre las personas y naturalizan la subordinación de la mujer en la sociedad” (p. 8).

En cuanto a la violencia gineco-obstétrica, la cual es definida por el artículo 10, en su literal g de la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres ob cit., como:  

Toda acción u omisión que limite el derecho de las mujeres embarazadas o no, a recibir servicios de salud gineco-obstétricos. Se expresa a través del maltrato, de la imposición de prácticas culturales y científicas no consentidas o la violación del secreto profesional, el abuso de medicalización y la no establecida en protocolos, guías o normas (p. 9).

En cuanto a la Violencia obstétrica, la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia ob cit., indica en su artículo 15 numeral 13 que este tipo de violencia es la: 

apropiación del cuerpo y procesos reproductivos de las mujeres por personal de salud, que se expresa en un trato deshumanizador, en un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, trayendo consigo pérdida de autonomía y capacidad de decidir libremente sobre sus cuerpos y sexualidad, impactando negativamente en la calidad de vida de las mujeres (p. 8).

Prevención de la violencia de género en la educación superior en Ecuador

La República del Ecuador cuenta con una serie de Universidades y Escuelas Politécnicas con excelencia académica, reconocidas a nivel nacional e internacional, agrupadas en lo que se denomina sistema de educación superior. Este sistema está en constante crecimiento por el surgimiento de nuevas instituciones de educación superior y por la acreditación de las instituciones de Educación Superior, que se encuentran en dicho proceso para alcanzar los estándares establecidos y ser reconocidas por el Estado ecuatoriano como instituciones para la formación de los futuros profesionales y contribuir con el desarrollo del país.

Pero esta situación se ve empañada con el problema de salud pública que afecta igualmente a este sector educativo y de desarrollo del país, que es la violencia de género. Esta violencia se puede prevenir haciendo cumplir por lo dispuesto en los diferentes instrumentos legales a los cuales se encuentra vinculado dicho sector. Entre ellos se tiene en un primer lugar a:

La Constitución de la República del Ecuador (2008), la cual establece en su Artículo 66, numeral 3.  El cual indica que: “Se reconoce y garantiza a las personas: el derecho a la integridad personal, que incluye” (s/p), en el mismo se denotan una serie de garantías y derechos como lo son la garantía a la integridad holística de la persona, la cual está constituida por la integridad física, psíquica, moral y sexual, así como una vida libre de violencia. Estas garantías constituyen los derechos humanos básicos que debe tener una mujer y toda persona para ser libre de la violencia de género. 

En el artículo 341 de la Constitución de la República del Ecuador ob cit., se establece que “el Estado generará las condiciones para la protección integral de sus habitantes a lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y principios reconocidos en la Constitución, en particular la igualdad en la diversidad y la no discriminación” (s/p). Este artículo garantiza ante la ley, la igualdad que debe existir entre todos los ciudadanos ecuatorianos sin importar su género ni preferencia sexual. 

Entre tanto, el Estado posee una responsabilidad con este fin, el cual se establece en el artículo 347, numeral 6 de esta carta fundamental, el cual indica que: “Erradicar todas las formas de violencia en el sistema educativo y velar por la integridad física, psicológica y sexual de las estudiantes y los estudiantes” (s/p). Es el sector universitario el que posee la responsabilidad de la educación y formación del futuro profesional, por lo cual, debe garantizar el cumplimiento de la normativa fundamental, por ser el ente transformador y de desarrollo del país.

La educación superior debe poseer un enfoque multidisciplinario sobre la violencia de género, por sus implicaciones psicológicas, sociológicas, filosóficas, y educativas, que estas acarrean a las mujeres y las personas con preferencia sexual diferente, por lo cual debe buscar mecanismos para prevenir y controlar estos hechos que se desarrollan en sus instalaciones.

Es por ello que la Ley Orgánica de Educación Superior (2010), en su artículo 2 estipula que ésta tiene como objeto definir sus principios, garantizar el derecho a la educación superior de calidad que propenda a la excelencia, al acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna. Con lo cual se cumple lo establecido en la carta magna de la igualdad de oportunidades que debe propiciar el Estado. 

Igualmente, el artículo 86 establece los mecanismos para velar por el bienestar general de la población estudiantil como es la unidad de bienestar estudiantil, que es la encargada de promover las acciones de confort académico, económico, médicos, además de velar por la integridad fisca, psicológica, sexual, de los estudiantes, para garantizar el cumplimiento de sus actividades de formación profesional.

Mientras que el artículo 207 del referido instrumento legal, refiere las sanciones que son impuestas a los estudiantes, profesores, investigadores, servidores o trabajadores de las instituciones de educación superior cuando comenten alguna infracción a la normativa vigente. Las sanciones serán establecidas de acuerdo a la gravedad de la falta cometida.  

El cuerpo normativo de la educación superior ha tenido cambios que han producido un significativo avance en cuanto a sus propósitos educativos. Por ejemplo, se ha logrado el cierre de las universidades que no alcanzaban los estándares necesarios, se ha establecido un examen de ingreso generando mayor número de oportunidades para todos los postulantes y uno de salida de la educación superior garantizando un alto nivel académico de los estudiantes al finalizar sus estudios. 

El sector educación superior, juega un papel fundamental con respecto a la prevención y erradicación de la violencia de género en dicho sistema, por cuanto la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres ob cit., establece en su artículo 22 que los “Integrantes del Sistema conforman el Sistema Nacional Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, las siguientes entidades nacionales y locales: 3. Ente rector de Educación Superior” (p. 17). Con esta inclusión se coloca a la universidad en un papel primordial para la generación de acciones que contrarresten este problema que afecta a la población ecuatoriana.

Las responsabilidades que le acarrea esta designación como integrante del sistema nacional para la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres, están estipuladas en el artículo 25 de este instrumento legal el cual establece que:

Ente rector de Educación Superior. Sin perjuicio de las facultades establecidas en la respectiva normativa vigente, tendrá las siguientes atribuciones: a) Diseñar la política pública de educación superior con enfoque de género, respecto de la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres; b) Diseñar e implementar campañas de sensibilización y concienciación dirigidas a la comunidad educativa para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres; c) Garantizar la reinserción universitaria, en cualquier parte del territorio nacional, a través de la reubicación de las mujeres, como mecanismo de protección (p. 19).  

Esta situación coloca a las universidades en la vanguardia para la creación de materiales y mecanismos para la erradicación de la violencia de género en todos sus campus y espacios.

Materiales Educativos 

Los materiales educativos que se emplean en contra de la violencia de género, aunado a los planes educativos que desarrollan las universidades, se sustentan en las políticas y líneas estratégicas que seguirán en el corto, mediano y largo plazo. Esto resulta de relevancia para el análisis de la prevención de la violencia contra las mujeres en el ámbito de la educación superior.

En este sentido, Ballesta-Pagán (1994) indica que la forma metodológica (cómo enseñar) se encuentra entrelazada con la manera cultural de la comunicación, así como a las modalidades características de cada institución educativa y el estilo con el cual cada docente desarrolla la realidad. Es por ello que, al abordar la temática de los materiales curriculares en la escuela, surge la reflexión inicial que establece hacia donde debe ir la comunicación cultural que se imparte en los centros y cómo se puede producir un cambio significativo de esa comunicación en la praxis cotidiana. Es por ello que Rossi y Biddle (1970) establece que: 

El término ‘MEDIO’ es equívoco. Y lo mismo podemos afirmar cuando se le adjetiva: Medio didáctico, Medio educativo, Medio audiovisual. Algunos han reducido el tema de los medios a ferretería pedagógica; otros lo han ampliado tanto que bajo el concepto de medios cabe todo. El medio ya fue definido, como cualquier dispositivo o equipo que se utiliza normalmente para transmitir información entre personas (p. 18).

Por lo cual, Sevillano (1991), indica al respecto que "los medios denotan recursos y materiales que sirven para instrumentar el desarrollo curricular y con los que se realizan procesos interactivos entre el profesor, los alumnos y los contenidos en la práctica de la enseñanza" (p. 76). Con lo cual Gimeno-Sacristán (1991), establece cuando se puede considerar que, un material curricular independientemente, del instrumento que este sea, puede ser utilizado como un recurso para el aprendizaje o en la ejecución de actividad de la enseñanza. 

Por lo cual el material educativo puede ser definido como el conjunto de medios de los cuales se vale el maestro para la enseñanza - aprendizaje de los niños para que estos adquieran conocimientos a través del máximo número de sentidos. Es una manera práctica y objetiva donde la maestra ve resultados satisfactorios en la enseñanza - aprendizaje. Indicando Ballesta-Pagán (s/f) que: 

Los materiales curriculares, medios didácticos, son herramientas que, en manos del docente se convierten en mediadores del aprendizaje del alumnado. Utilizados sistemáticamente y con criterios prefijados, facilitan, además, la tarea del profesor, tanto en lo que se refiere a la planificación, como al desarrollo y la evaluación del proceso de enseñanza y aprendizaje (p. 5).

Los materiales educativos según Becerra (2011), “Son todas aquellas producciones elaboradas concretamente para ser incorporadas a una propuesta de enseñanza” (p. 56). Su estructuración atiende a modelos pedagógicos particulares y a las condiciones y tiempos de aprendizajes del grupo de estudiantes puesto que su propósito fundamental es favorecer aprendizajes, a partir de ellos. Tal y como lo indica el autor, “son herramientas mediadoras en los procesos de enseñanza y aprendizaje, en tanto posibilitan la trasmisión de saberes, así como instancias de comunicación entre los diversos agentes educativos” (p. 34).

Mientras que para Santos-Guerra (1991), existe una diferencia entre los materiales curriculares y los medios de la enseñanza, por cuanto los materiales curriculares se encuentran definidos por su función didáctica; es decir, con una finalidad expresa. Mientras que los medios son el conjunto de recursos o instrumentos que pueden ser, en un momento determinado, de forma curricular. En este sentido, los establecidos como medios audiovisuales y los definidos como nuevas tecnologías de la información y comunicación los cuales no tienen en sí una aplicación didáctica, pero pueden ser utilizados para tal fin.

Es por ello que Kafka (s/f) señala a los materiales educativos como “un conjunto muy extenso de producciones simbólicas construidos utilizando distintos códigos, entre ellos palabras, imágenes y sonidos” (p. 6). Estos recursos se encuentran constituidos por “libros, artículos, carpetas, folletos, y muchos tipos de textos impresos; en variedad de ilustraciones y diseños gráficos; en cassettes de audio y de video; en exposiciones, juegos y representaciones dramáticas; en guías de investigación y planes de proyectos, etc.” (p. 6).

Por todo lo antes expuesto, considerando que los medios educativos son todos aquellos recursos, utilizados por los docentes, que median la facilitación del aprendizaje en los estudiantes, dentro de un contexto educativo global y sistemático, y estimula la función de los sentidos para acceder más fácilmente a la información de valores y actitudes, esta investigación se establece como objetivo: Determinar los Materiales Educativos como Herramienta para la Prevención de la Violencia de Género en la Educación Superior.   

Marco Metodológico 

Para establecer los materiales educativos como herramienta para la prevención de la violencia de género en la educación superior, se realizó un diseño metodológico enmarcando esta problemática en el paradigma positivista, con un enfoque cuantitativo. Fue una investigación de campo en un nivel descriptivo.

La población objeto de estudio estuvo constituida por: 30 Docentes y 230 estudiantes del primer año de la escuela de derecho, de la facultad de derecho de la Universidad Metropolitana UMET. La muestra estuvo constituida por 10 Docentes y 80 estudiantes de esta población. Como técnica de recolección de datos se utilizó la encuesta y como instrumento el cuestionario dicotómico. Para determinar la confiabilidad del instrumento se estableció el coeficiente Alfa de Cronbach, cuyo resultado fue de 0,79 que lo sitúa en alto grado de confiabilidad. Como técnicas de análisis de datos se empleó el estudio estadístico de los resultados de la encuesta.

Resultados 

Los resultados que se obtuvieron en la investigación fueron producto de la aplicación de la encuesta aplicada a 10 docentes y 80 estudiantes de la facultad de derecho de la Universidad Metropolitana UMET. Los mismos son presentados en gráficos, lo cual permite una mejor interpretación de los datos obtenidos. Ítem 1. ¿Sabe que es violencia de género?

Gráfico 1. Violencia de género

                                                                             

En el gráfico uno, se muestra el resultado sobre el conocimiento a lo que es la violencia de género, en la cual se determinó que el 89% de los consultados sabe lo que es la violencia de género. Mientras que el 11% de los entrevistados desconocen lo que es la violencia de género. Esa situación coloca de manifiesto del conocimiento que presentan los estudiantes y docentes consultados sobre la problemática que aqueja a la población ecuatoriana. 

Ítem 2. Indique el tipo de violencia de género que conoce  

Gráfico 2. Tipo de violencia de género

                                   Discriminación 6%

 

 

 

Con respecto a los tipos de violencia de género que conocen los encuestados, respondieron en un 54% que la violencia de género es una violencia física, mientras que el 18% de los consultados contestaron que la violencia de género es una violencia sexual. Sin embargo, para el 12% de la muestra la violencia de género es una violencia verbal, a esta pregunta el 10% de los encuestados respondió que es una violencia psicológica y para el 6% de la muestra es la discriminación un tipo de violencia. Con este resultado se coloca de manifiesto que la población consultada conoce los diferentes tipos de violencia de género que sufre la mujer ecuatoriana.

Ítem 3. ¿Ha oído de bullyíng hacia las mujeres en la universidad?

Gráfico 3. El bullyíng hacia las mujeres

 

 

 

 

 

 

 

La presencia del bullyíng en las diferentes áreas del campus universitario se puso de manifiesto cuando el 45% de los consultados afirmaron que, si existe bullyíng en las instalaciones de la universidad, mientras que para el 55% de los entrevistados indicaron que no existe bullyíng en la universidad. Este resultado indica lo oculto de la realidad que se observa en las diferentes instalaciones universitaria cuando los caballeros y hasta las mismas mujeres se burlan de sus compañeras por una u otra situación, menoscabando así su autoestima y siendo esta acción un tipo de violencia de genero.

 

Ítem 4. ¿Ha oído de casos de violencia de género en la universidad?

Gráfico 4. Casos de violencia de género

 

 

 

 

 

 

 

 

Sobre los casos de violencia de género en las instalaciones universitarias, el 65% de los consultados manifestó que no han oído de casos de violencia de género en la universidad, mientras que el 35 de los consultados indicó que si ha oído de casos de violencia de género en las instalaciones universitarias. Con este indicador se coloca de manifiesto la negación a la violencia de género, a la vez coincide con el tipo de violencia con la cual es asociada esa violencia que es la violencia física y sexual, tipos de violencias que no son comunes en los campus universitarios, por lo cual no asocian la violencia psicológica y los otros tipos de violencia como violencia de género. 

Ítem 5. ¿Ha oído de casos de discriminación hacia las mujeres en la universidad?

Gráfico 5. Casos de discriminación

 

 

 

 

 

 

 

La discriminación que sufre la mujer en las instalaciones universitarias se coloca de manifiesto cuando el 45% de los consultados respondieron que, si han oído de casos de discriminación hacia las mujeres en la universidad, mientras que el 55% de los entrevistados indicaron que no han oído de caso de discriminación hacia la mujer en las instalaciones universitarias. Estos datos indican que hay casos de discriminación hacia la mujer en las instalaciones universitaria, a pesar de que la mayoría de los entrevistados manifestó que no había dichos casos. Esa situación es el resultado de la negación de que la discriminación es una forma de violencia y la otra es que como la discriminación es un hecho cotidiano. No es percibida como un tipo de violencia de género, a pesar de estar tipificada como tal.   

Ítem 6. ¿Considera que existe igualdad de género en las actividades que desarrolla la universidad?

Gráfico 6. Igualdad de género en las actividades

 

 

 

 

 

 

 

En cuanto a la igualdad de género en las actividades que se desarrollan en la universidad, el 61% de los consultados manifestó que no existe igualdad de género en las actividades propuesta por la universidad, mientras que el 39% de los entrevistados indicó que si existe igualdad de género en las actividades desarrolladas por la universidad. Con esta realidad, se observa que la universidad puede planificar actividades para ambos géneros, pero en la ejecución de las mismas no es percibida como tal por las estudiantes femeninas y de otras preferencias sexuales que también se ven afectados por esta planificación y ejecución. Ítem 7. ¿Existe discriminación hacia la mujer en ciertas cátedras?

Gráfico 7. Discriminación de la mujer en las cátedras

 

 

 

 

 

 

 

 

La discriminación académica, no es percibida por los encuestados ya que el 65% de los entrevistados indicaron que no existe discriminación hacia la mujer en ninguna cátedra, mientras que para el 35% de los consultados establecieron que si existe discriminación hacia la mujer en ciertas cátedras. Vislumbrando este resultado la cultura discriminatoria que es ejecutada por estudiantes en ciertas cátedras consideradas como territorio masculino por lo cual ven a las mujeres en la misma como una invasión y no capacitadas para su ejecución. Así mismo, se encuentran algunos docentes al momento de impartir su cátedra realizan actos discriminatorios por considerar que la mujer no podrá adquirir los conocimientos que en ella se imparta. 

 Discusión

Los resultados obtenidos en la aplicación de la encuesta a los docentes y estudiantes de la facultad de derecho de la Universidad Metropolitana UMET ponen de manifiesto la necesidad del empleo de materiales educativos para sensibilizar, visualizar y concientizar los patrones socioculturales, económicos y políticos existentes en la población ecuatoriana para prevenir la violencia de género. Ese cambio se logrará con la realización de campañas de prevención, educación,

sensibilización, capacitación, concientización y/o fomento y divulgación de actitudes, valores y prácticas de respeto a los derechos humanos y a una vida libre de violencia. Es por ello que la educación es considerada como el pilar fundamental para la construcción de una cultura de igualdad de género en la población ecuatoriana, por lo cual Bahajin (2018) establece que:

Una educación que incluya la educación para la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la libertad, el respeto a las diferencias, la diversidad cultural y, sobre todo, al desarme, a la prevención de los conflictos armados y a la transformación pacífica de los conflictos (p. 2). 

Para el logro de estos fines hay que crear espacios universitarios seguros, para lo cual hay que transformar las prácticas culturales presentes en la sociedad ecuatoriana para así instaurar una cultura de igualdad y tolerancia como lo consagra la constitución y las leyes, construyendo ambientes de tolerancia cero a la violencia contra las mujeres, tanto en el interior de las instalaciones universitaria como en la sociedad en general. Para este logro es necesario contar con un programa de masculinidad positiva, el cual tendrá como objetivo fundamental la creación de redes de actores sociales para la vinculación de los estudiantes universitarios, el personal docente, administrativo y obrero. Este programa contará con instrumentos didácticos como afiches, material escrito, audiovisual y musical con el cual se resalte la responsabilidad que posee el hombre y la mujer por igual para tener una vida libre de violencia. Es por ello que la Asociación Ignis (2016) indica que:

Prevenir la violencia es responsabilidad de toda y cada una de las personas que conformamos nuestra sociedad. No es una tarea de un momento, es de toda la vida y en todo lugar en los distintos roles que nos toca desempeñar: como jóvenes, niños, niñas, padres y madres de familia, profesionales, vecinos y vecinas, miembros de una familia, otros (p. 1).

Es por ello que se debe fomentar la movilización de la comunidad universitaria en pleno, por medio de la participación de las organizaciones estudiantiles, las organizaciones académicas, la asociación de los empleados y obreros, así como a las diferentes autoridades universitaria para implementar acciones de prevención en el ámbito universitario. Esta acción se lograría con la ejecución de materiales escritos y audiovisuales para la sensibilización de los asistentes a diversos foros y charlas que se organicen para la difusión de dichos materiales educativos en los cuales se plantee la violencia de genero. Con estas acciones se busca revertir lo planteado por Osborne (2009) quien señala que:   

las mujeres son parte activa de la estructura básica del patriarcado y no un mero recurso sobre el que actúan y al que utilizan los hombres. Si no se contempla esta así, dejan de ser consideradas como agentes activos de la construcción social general, amén de como protagonistas de su propia liberación (p. 19). 

Igualmente se debe buscar el empoderar a la mujer de sus derechos a una vida libre de violencia tal como lo consagra la constitución y las leyes referentes al tema. Este empoderamiento debe incluir la revisión y adecuación del material educativo empleado por los docentes, así como también la de los textos que son utilizados en la enseñanza y la adaptación de las mallas curriculares para incluir la

violencia contra las mujeres como parte de la planificación de contenidos. También se debe diseñar e implementar iniciativas que promuevan la crianza positiva y no violenta a través de programas de prevención dirigidos a las familias; entre las principales estrategias.

 

Conclusiones 

La violencia de género contra las mujeres constituye una violación a los derechos humanos, a las garantías constitucionales de las cuales goza y, principalmente, se atenta contra el derecho a la vida, a libertad, a la integridad, a la seguridad, al bienestar y a la salud integral que toda mujer se merece. 

Los resultados reseñados no solo dan cuenta de la magnitud y gravedad de la violencia contra las mujeres, sino que demandan una acción colectiva y mancomunada para enfrentarla, en este sentido, es significativo destacar la importancia de la implementación de estrategias que de alguna manera permitan prevenir tal situación, para ello, los Materiales Educativos como Herramienta para la Prevención de la violencia de género desde la Educación Superior resulta una estrategia relevante a tomar en consideración.

Motivado a que por medio de los materiales educativos se busca revertir la cultura matriarcal que presenta la sociedad ecuatoriana, aunado al machismo que, la misma mujer genera en su hogar y la sumisión que esta presenta. Por lo cual, con los materiales educativos se busca revertir esa tendencia cultural en el sector universitario en un principio y que luego de su evaluación puede ser implementada en la sociedad en general.

 

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